Permiso de Poda, Derribo o Trasplante de Árboles
Autorización para podar, derribar, trasplantar o trocear árboles en vía pública o dentro de una propiedad.
¿Qué es y para qué sirve?
Cualquier movimiento de vegetación —poda, derribo, trasplante o troceo— requiere autorización de la Secretaría de Desarrollo Sustentable, tanto en la vía pública como dentro de una propiedad particular. La dependencia acude a valorar el arbolado antes de resolver.
El arbolado urbano está protegido incluso dentro de una propiedad particular. Conviene solicitar la valoración antes de intervenir: la autorización suele condicionarse a reponer los árboles retirados.
Requisitos
5Toca cada uno para ver el detalleIndicando la ubicación, la cantidad de árboles y el tipo de movimiento solicitado: poda, derribo, trasplante o troceo.
Sin más detalle
Si el arbolado está dentro de un predio particular.
Donde se aprecie el estado del árbol y su entorno.
$136.00 conforme a la Ley de Ingresos vigente del municipio.
Costos
Categoría: derecho · vigente desde 01 de enero de 2025
Ley de Ingresos del Municipio de San Juan del Río, Qro., ejercicio fiscal 2025.
